Mostrando entradas con la etiqueta El poder judicial. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta El poder judicial. Mostrar todas las entradas

lunes, 12 de mayo de 2008

Discurso de defensa por el asesinato de Eratóstenes. 44 Los sicofantas y las demandas judiciales

“οὔτε γὰρ συκοφαντῶν γραφάς με ἐγράψατο, οὔτε ἐκβάλλειν ἐκ τῆς πόλεως ἐπεχείρησεν, οὔτε ἰδίας δίκας ἐδικάζετο…”

“Pues ni me denunció con falsedad, ni intentó que me desterraran de la ciudad, ni me ha interpuesto pleitos privados…”

Como no existía entre los atenienses un ministerio fiscal, las leyes animaban a los propios ciudadanos a presentar denuncias contra otros, a pesar de no ser víctima directa del agravio. Ello se conseguía concediendo al acusador una parte de los bienes confiscados o de la multa pagada por el acusado, en caso de ser culpable.

La contrapartida para frenar el abuso de esta práctica, convertida por algunos en oficio lucrativo recurriendo incluso a la calumnia, era la aplicación de elevadas multas para el acusador, e incluso la ἀτιμία (pérdida de los derechos de ciudadanía).

Esto es lo que hacían los sicofantas, se dedicaban a denunciar a sus conciudadanos con la intención de sacar ganancias a toda consta.

En este post de Charo disfrutareis gustosamente de la información relativa a la actividad de estos individuos.

Clasificación de las demandas judiciales

En la terminología judicial, el término más frecuente para aludir a una acción judicial es δίκη.

Paralelamente, también existe otro término de carácter general que se refiere a un pleito o acción judicial, ἀγών, cuya etimología, que alude al certamen, la competición, la lucha y el enfrentamiento, explica la naturaleza de los procesos judiciales en su origen.

Veamos las diversas clasificaciones de las demandas judiciales atenienses que han hecho los estudiosos siguiendo distintos criterios que, desgraciadamente, plantean muchas excepciones:


1-Dependiendo de si el agraviado es un individuo o toda la ciudad, existen:

-δίκαι (ἀγῶνες) δημόσιαι: denuncias por agravios que afectan a una persona particular y al conjunto de la sociedad como tal (κοίνὰ ἀδικήματα).

Ej: γραφή παρανόμων: denuncia por proponer una ley ilegal, cuyas consecuencias obviamente afectan a toda la ciudad.


-δίκαι (ἀγῶνες) ἴδιαι: denuncias por agravios o faltas que afectan a una persona particular.

Ej: δίκη βλαβής: denuncia por daño intencionado;

Una diferencia importante entre ambas está en la pena y en el destino de ésta: en las demandas públicas, además de la reparación del daño, que afectaba directamente al agraviado, el acusado convicto tenía que pagar una multa adicional, bien al estado o bien una parte al estado y otra al agraviado, o perdía la libertad o su estatus jurídico o incluso la vida.

En las demandas privadas la pena era la simple reparación del daño o la restitución con una multa o recargo añadido que también iba a parar al agraviado.

2-En función de la persona con derecho reconocido a presentar la denuncia:

-δίκαι: sólo pueden ser presentadas estas denuncias por la persona afectada o su κύριος, o en casos de homicidio, por los parientes, según el orden estricto de parentesco.

Ej: δίκη βιαίων (denuncia por violencia)


-γραφαί: el rasgo distintivo de una γραφή es que puede ser iniciada por cualquier ciudadano (ὁ βουλόμενος ).

Ej: γραφή ὕβρεως (denuncia por violencia y crueldad)

3)-Otra distinción es la que se hace entre δίκαι πρός τινα y δίκαι κατά τινος.

En el primer tipo, que corresponde a denuncias en las que no hay una persona a la que se atribuya un delito y se le pueda aplicar una pena, tendríamos διαδικασίαι, juicios en los que no hay ni acusador ni acusado, y la función del jurado es decidir cual de las dos partes tiene más derecho sobre algo, o más derecho a escapar de una obligación, o un deber.

Al segundo tipo corresponden todos los otros casos de acciones públicas o privadas en las que el acusado es supuestamente culpable de un delito, y de ser convicto, el jurado le impone una pena que consiste en la reparación del daño, o una multa pecuniaria pagada al estado o pagada al estado y al demandante, o la pérdida de libertad, del estatus jurídico o de la vida.

4)-Teniendo en cuenta la actuación del jurado, se habla de ἀγῶνες τιμητοί y ἀγῶνες ἀτίμητοι.

-Los ἀγῶνες τιμητοί eran aquellos en que la ley no había fijado previamente la naturaleza o el importe de la pena, por consiguiente le correspondía al jurado elegir entre la propuesta de pena del demandante, τιμᾶσθαι y la contrapropuesta del demandado, ἀντιτιμᾶσθαι.

Eran τιμητοί: δίκη κλοπῆς (denuncia por robo), δίκη βλάβης (denuncia por daños y perjuicios), δίκη ψευδομαρτυρίων (denuncia por dar falso testimonio), γραφή ἀσεβείας (denuncia por impiedad), γραφή συκοφαντίας (denuncia por acusación falsa)… …

-En cambio, en los ἀγῶνες ἀτίμητοι la ley ya tenía fijada la pena, así que los jueces simplemente aplicaban lo ya estipulado.

Eran ἀτίμητοι: δίκη ἀποστασίου (denuncia por divorcio), δίκη κακηγορίας (denuncia por difamación o injurias , γραφή ἱεροσυλίας (denuncia por saqueo o despojo de un templo) , γραφή ξενίας (denuncia por usurpar los derechos de ciudadanía) , γραφή μοιχείας (denuncia por adulterio) …

Bibliografía:
A.R.W. Harrison,
The Law of Athens. Oxford: Clarendon Press, 1968.

lunes, 28 de abril de 2008

Discurso de defensa por el asesinato de Eratóstenes 30. (Los tribunales atenienses para los homicidios II).


Competencias y funciones del Consejo del Areópago.

Si hacemos un repaso diacrónico, Aristóteles explica que en tiempos anteriores a Dracón, el Consejo del Areópago acaparaba gran parte de las competencias del gobierno de la ciudad: tenía la misión de conservar las leyes, administraba la mayor y más importante parte de los asuntos de la ciudad, y castigaba sin apelación a todos cuantos delinquían.

En cuanto a su composición, dice que la elección de los arcontes se hacía de entre los notables y los ricos, de los cuales eran escogidos los Areopagitas.

No mucho después, con la constitución de Dracón, el consejo del Areópago ya empezó a perder atribuciones pues, al crear el Consejo de 400 miembros, se trasladaron a éste las competencias de gestión y administración, y aquél mantuvo su función de guardián de las leyes y vigilaba a los magistrados para que mandasen conforme a ellas. Además, ejercía de máximo tribunal de justicia, pues “podía el agraviado denunciar ante Consejo del Areópago, indicando contra qué ley se le hacía injusticia”.

Estas mismas funciones mantuvo el Consejo del Areópago con Solón, incluyendo la del arbitraje, pues “corregía a los delincuentes como soberano de multar y castigar, y depositaba en la Acrópolis las multas, sin escribir el motivo de cada una, y juzgaba a los que se levantaban para quitar el poder al pueblo, por haber puesto contra ellos Solón la ley de εἰσαγγελία o acusación por conspiración”.

En época de la tiranía, el propio Pisístrato, que quería que todo se rigiese según las leyes, fue acusado de homicidio ante el Areópago, y allí acudió el tirano, aunque parece ser que el acusador retiró la denuncia.

Con Clístenes y sus reformas, la constitución se hizo mucho más democrática, pero el Consejo del Areópago, más o menos, se mantuvo en sus competencias, e incluso tras las Guerras Médicas se reforzó y gobernaba la ciudad por haber tomado decisiones importantes durante la guerra, de manera que “todos reconocieron la dignidad del Areópago, y los atenienses fueron muy bien gobernados en aquel tiempo.”

Durante los diecisiete años siguientes a las Guerras Médicas el Areópago se mantuvo al frente de la gestión del estado, aunque poco a poco iba perdiendo poder, hasta que Efialtes minó considerablemente sus competencias:

-reduciendo el número de miembros, al poner pleitos sobre su administración,
-arrebatándole las funciones de guardián de la constitución,
- y transfiriendo algunas de sus atribuciones al Consejo de los 500, otras a la Asamblea del pueblo y otras a los tribunales.

También Pericles, dice Aristóteles, “les quitó algunas atribuciones a los del Areópago…”.

Y desde finales del siglo V y en el siglo IV, perdido todo su poder político, sus competencias quedaron reducidas a juzgar los homicidios y algunos delitos por impiedad, como los relacionados con los olivos sagrados.


Composición

Respecto a su composición, los miembros del Areópago eran ex arcontes que entraban a formar parte de por vida de esta institución tan pronto superaban su examen de rendición de cuentas por su gestión, εὐθύναι

El arconte basileus, además de ser quien introducía el caso en el tribunal, también votaba.

Los miembros del Areópago, por su cargo vitalicio y por haber ejercido anteriormente como presidentes de tribunales de la Heliea, tenían una amplia experiencia en la aplicación de la justicia y la institución en su conjunto gozó de gran respeto.

Por falta de testimonios, no se sabe con certeza cómo eran designados los 51 Efetas, por lo que los historiadores convienen en pensar que se procedía a un sorteo. Y parece ser que debían tener, al menos, cincuenta años de edad.

Fuentes:

-Aristóteles, La constitución de Atenas. Trad. de Antonio Tovar. Madrid: Centro de Estudios Políticos y constitucionales, 2000
-Pausanias, Descripción de Grecia. Ática y Élide. Trad. de Camino Azcona García. Madrid: Alianza Editorial, 2000

Bibliografía:

-A.R.W.Harrison, The Law of Athens. Oxford: Clarendon Press, 1968

Discurso de defensa por el asesinato de Eratóstenes 30. (Los tribunales atenienses para los homicidios I).


“Ἀνάγνωθι δέ μοι καὶ τοῦτον τὸν νόμον ( τὸν) ἐκ τῆς στήλης τῆς ἐξ Ἀρείου πάγου”.
“Léeme también esta ley de la estela del Areópago”.


En Atenas, desde tiempos antiguos que se remontan a Dracón, la jurisdicción en casos de homicidio no pertenecía a un magistrado con poderes ilimitados, sino que el magistrado en cuestión, el arconte basileus, ἄρχων βασιλεύς, tenía que introducir el caso ante un tribunal, una vez presentaban la denuncia los parientes del hombre muerto.

Si el homicidio era atribuido a un hombre identificado, el tribunal estaba compuesto en los primeros tiempos, por todo el Consejo del Areópago (organismo integrado por ex arcontes que permanecían como miembros de él de por vida), y luego por un cuerpo de 51 Efetas, οἱ ἐφέται, que con toda probabilidad emanaba del Areópago.

Para evitar la contaminación que supuestamente causaba el asesino, todos los casos eran tratados al aire libre y según el tipo de homicidio en diferentes lugares.


Siguiendo a Aristóteles en su Constitución de los Atenienses, 57,3-4, procede la siguiente clasificación de los Tribunales para homicidios, que completo con la información que ofrece Pausanias en su Descripción de Grecia, Libro I, sobre los personajes legendarios que fueron juzgados por primera vez en ellos:

1- …“si alguien mata o hiere con intención, son en el Areópago, y también los de envenenamiento, si alguien mata mediante éste, y por incendio”.

Dice Pausanias en Libro I, 28,5 que desde los Propileos de la Acrópolis “también se ve una colina que se llama Areópago porque el primero en ser juzgado allí fue Ares”, y el motivo del juicio lo detalla en el Libro I, 21,4 pues junto a una fuente en el santuario de Asclepio “dicen que el hijo de Poseidón, Halirrotio, murió a manos de Ares por haber violado a su hija Alcipa, y que a causa de este asesinato se celebró por primera vez un juicio”, ante un tribunal formado por dioses y en la colina que desde entonces se llamó Colina de Ares, , Ἄρεος πάγος.

Refiere Pausanias en el Libro I,28,5 que parece ser que más tarde fue juzgado Orestes por el asesinato de su madre en la misma colina.

2-“los homicidios involuntarios y de los intencionados los casos en que se da muerte a un esclavo o extranjero, corresponden al tribunal del Paladión”.

Según Pausanias , Libro I, 28, 8-9,: “…nadie duda de que el primero que fue juzgado aquí fue Demofonte, pero por qué delito hay distintas versiones al respecto”.

Resumiendo: los atenienses debían a Demofonte el Paladio, estatua que poseía la virtud de garantizar la integridad de la ciudad que la guardaba, y que durante mucho tiempo preservó a Troya.
A su regreso de Troya, Diomedes, al mando de la flota argiva, y trayéndose consigo la imagen, por error desembarcó en el Ática, en el puerto de Falero, creyendo estar en otra región; a su vez, los locales, dirigidos por Demofonte, los confundieron por piratas, de modo que los atacaron y les arrebataron la imagen. En la carrera, Demofonte arrolló accidentalmente con su caballo a un ateniense, de manera que, según unos, fue llevado a juicio por los familiares del pisoteado y, según otros, por los argivos.

3-“si alguien reconoce que ha cometido homicidio, pero dice que ha sido legalmente, como si sorprende a un adúltero, o en guerra por error, o en lucha en los juegos, a este le juzgan en el tribunal en el Delfinio”.

Dice Pausanias en el Libro I, 28, 10: “En el Delfinio se juzga a los que declaran que han dado muerte en legítima defensa, como es el caso de Teseo, que, después de matar a Palante por haberse sublevado contra él, fue absuelto. Antes de que Teseo fuera declarado inocente, era costumbre que el asesino huyera o que, si se quedaba, muriera de la misma manera.”.

4-“y si es un huido por causa en que pueda haber composición (homicidio involuntario, que obligaba a indemnización y destierro) y se le acusa otra vez de haber matado o herido a uno, a éste le juzgan en el Freato, y él se defiende en un barco varado en la orilla”, para evitar la contaminación que su regreso al Ática antes del tiempo establecido supondría.

Pausanias Libro I, 28, 11: “…junto al mar, en el Pireo…se defienden desde una nave ante los que les escuchan en tierra. La leyenda dice que Teucro fue el primero en defenderse de este modo ante Telamón de no haber tomado parte en la muerte de Áyax.

5-Cuando no se conocía al autor del crimen, o se atribuía a un animal u objeto inanimado, el tribunal estaba formado por el arconte basileus y los reyes de las tribus, οἱ φυλοβασιλεῖς, y se sentaban en el Pritaneo o Tolos.

Pausanias explica en Libro I, 28, 10 el origen de este extraño procedimiento: “…cuando Erecteo era rey de Atenas, el sacerdote “asesino del buey” abatió por primera vez a un buey en el altar de Zeus Polieo, y, tras dejar allí el hacha, salió del país huyendo al exilio; a continuación, juzgada el hacha, fue absuelta, y todavía se sigue celebrando este juicio cada año”.

En Libro I, 24,4 Pausanias explica que en las fiestas llamadas Dipolias en honor de Zeus Polieo tenía lugar un ritual en el que se sacrificaba a un buey que había comido granos de cereales colocados sobre el altar como ofrenda al dios; acto seguido, el sacerdote asesino del buey tiraba en el suelo el hacha y simulaba huir, y los demás, como si no conocieran al sacerdote, llevaban el hacha ante el tribunal para ser juzgada. A continuación comenzaba el festín y todos los asistentes comían la carne de la víctima.

Se podría interpretar el ritual del juicio como una manera de expiar el sentimiento de culpabilidad de los atenienses por la matanza de animales para ofrecerlos a sus divinidades y posteriormente comérselos.


Imágen: de la web

viernes, 25 de abril de 2008

Discurso de defensa por el asesinato de Eratóstenes 28-29.Tipología de las pruebas judiciales. Fórmulas de presentación de pruebas.II

Esta oposición de fórmulas aparece en Lisias, Antifonte, Andócides e Isócrates (siglo V y primeros años del IV), pero desaparece a partir de los oradores posteriores.

Parece ser que en un primer momento la intervención de los testigos era oral, pero en el primer cuarto del s IV se produjo un cambio en el procedimiento por el que las comparecencias de los testigos debían hacerse también por escrito, en forma de testimonios escritos o μαρτυρίαι. Para ello se usaron las fórmulas que ya existían para la presentación de documentos.
De todos modos, el testigo debía estar presente para confirmar el contenido del testimonio que leía el secretario.

En el Discurso I de Lisias encontramos las siguientes fórmulas de presentación de pruebas:

-punto 28:

“Πρῶτον μὲν οὖν ἀνάγνωθι τὸν νόμον”.

-punto 29:

Καί μοι ἀνάβητε τούτων μάρτυρες”.

-punto 30:

Ἀνάγνωθι δέ μοι καὶ τοῦτον τὸν νόμον ( τὸν) ἐκ τῆς στήλης τῆς ἐξ Ἀρείου πάγου”.

-punto 31:

Ἀνάγνωθι δέ μοι καὶ τοῦτον τὸν νόμον”.

-punto 42:

Καί μοι ἀνάβητε τούτων μάρτυρες”.

Podemos comentar de ellas lo siguiente:

-el esquema formal básico es: Núcleo verbal + compl. Documental.
-en 29 y 42 aparece un dativo de interés con valor posesivo, y en 30 y 31 aparece un dativo propio.
-el complemento documental está expresado mediante dos palabras: νόμον y μάρτυρες.
-las fórmulas 28, 30 y 31 van dirigidas al secretario para que proceda a la lectura de la ley aducida como prueba, mientras que las fórmulas de 29 y 42 van dirigidas a los testigos.
-en los cinco ejemplos el núcleo verbal está expresado mediante el modo imperativo en tiempo de aoristo.
-la fórmula de 28 es la primera que aparece en el presente discurso; sirve de introducción y para ello utiliza el término πρῶτον; es la más escueta.
-las fórmulas de 29, 30, 31 y 42 vienen a continuación de la argumentación de un aspecto concreto, de manera que su lectura queda unida al contexto inmediatamente anterior.

Las pruebas escritas presentadas en los discursos judiciales áticos fueron de escaso interés para los estudiosos de la oratoria en época helenística y siglos posteriores, por ello en la mayoría de discursos conservados no constan, y su ausencia está indicada por un epígrafe que indica el tipo de prueba desaparecida:

ΝOΜΟΙ , ΜΑΡΤΥΡΕΣ , ΣΥΝΘΗΚΑΙ, ΒΑΣΑΝΟΙ, ΟΡΚΟΙ

LEYES, TESTIGOS, CONTRATOS, DECLARACIONES BAJO TORMENTO, JURAMENTOS

Sobre fórmulas retóricas con otras funciones ( de súplica a los jueces y de introducción a la narración) podéis leer aquí.

Fuentes:

-Aristóteles, Retórica. Trad. de Alberto Bernabé. Madrid: alianza Editorial, 2007

Bibliografía:

-Francisco Cortés Gabaudán, Fórmulas retóricas de la oratoria judicial ática, Ediciones Universidad de Salamanca ,1986

--C. Carey, Selected Speeches, Lysias, Cambridge University Press 1989

Discurso de defensa por el asesinato de Eratóstenes 28-29.Tipología de las pruebas judiciales. Fórmulas de presentación de pruebas. I

En el libro I, cap.II de su Retórica, Aristóteles distingue dos tipos de argumentos, πίστεις ἄτεχνοι y πίστεις ἔντεχνοι:

“De los argumentos, unos no pertenecen a la disciplina, otros sí. Considero no pertenecientes a la disciplina los que no son procurados por nosotros, sino que preexisten… y pertenecientes a la disciplina los que pueden organizarse a partir del método y de nuestra propia aportación. Los unos hay que utilizarlos; los otros hay que encontrarlos. De los argumentos procurados por el discurso hay tres especies: unos residen en el comportamiento del que habla; otros, en poner al oyente en una determinada disposición; otros en el propio discurso, por lo que demuestra o parece demostrar”.

En el Libro I, cap.XV, Aristóteles detalla la tipología de las pruebas o “argumentos no pertenecientes a la disciplina” que un litigante podía presentar ante un tribunal de justicia para acompañar su discurso de defensa o de ataque del contrario.

Las πίστεις ἄτεχνοι:

“Son cinco en número: leyes, testigos, contratos, declaraciones bajo tormento y juramentos”.

Con relación a todas ellas, Aristóteles explica la manera diferente de servirse de ellas que pueden hacer, tanto el que acusa como el que se defiende, según sus intereses, acrecentando o disminuyendo su importancia, relativizando y recurriendo a argumentos de lo más variados.

Así, por ejemplo, con relación a las leyes, explica que cuando una ley escrita es contraria a uno, lo mejor es recurrir a la ley no escrita y a lo razonable o a argumentos del tipo: la ley es ambigua, es contradictoria con otra ley o las condiciones en que se promulgó ya no subsisten.

Francisco Cortés Gabaudán en su libro Fórmulas retóricas de la oratoria judicial ática, establece una clasificación de estas pruebas oponiendo las orales (testigos) de las leídas (leyes, contratos y documentos varios).

La presentación de estas pruebas en un discurso es expresada mediante fórmulas (esquemas formales de carácter repetitivo que desempeñan una función retórica), concretamente fórmulas de presentación de pruebas, que marcan el paso entre la argumentación y la prueba en sí misma.


Explica también que:

1- las fórmulas de presentación de cualquier prueba escrita son fórmulas de presentación de lectura con núcleos verbales como ἀναγίγνωσκε, λέγε, ἀνάγνωθι.

Mediante ellas se invocaba al secretario, ὁ γραμματεύς, para que diera lectura al documento.


2-las fórmulas para presentar a los testigos son fórmulas de llamada con núcleos como κάλει, παρέξομαι μάρτυρας, ἀνάβηθι, μαρτυρεῖτε…

Mediante ellas se apelaba a los testigos directamente o al heraldo (ὁ κῆρυξ), encargado de llamarlos.

lunes, 14 de abril de 2008

Discurso de defensa por el asesinato de Eratóstenes 26.Las leyes sobre el adulterio.

“ἐγὼ δ᾽εἶπον ὅτι “οὐκ ἐγὼ σε ἀποκτενῶ, ἀλλ᾽ ὁ τῆς πόλεως νόμος, ὅν σύ παραβαίνων περὶ ἐλάττονος τῶν ἡδονῶν ἐποιήσω…”

-Y yo le dije: “yo no voy a matarte, sino la ley de la ciudad que tu, al trasgredirla, tuviste en menos que a tus placeres…”


Las leyes de la ciudad prescribían diferentes castigos para el adúltero según las circunstancias:


1-si el marido sorprendía al adúltero en flagrante, podía matarlo amparado por la ley en el mismo momento, sin ser inculpado de asesinato; podía también infligirle varias humillaciones corporales o aceptar una compensación económica ofrecida por el adúltero, quien permanecía arrestado en la cárcel hasta que presentara el dinero acordado o algún tipo de garantía o fianza.

El adúltero, de no morir en el acto, tenía derecho a rebatir la acusación de adulterio, y podía presentar una denuncia ante el tribunal de los Θεσμοθεται contra el marido, alegando ser encarcelado injustamente bajo la acusación de adúltero; si ganaba el juicio, la fianza que había depositado le era restituida, y no hay testimonios que expliciten si el marido debía pagar algún tipo de recargo o multa; pero si perdía, el marido podía infligirle cualquier daño en presencia del tribunal que no supusiera derramamiento de sangre.


2- si el marido no actuaba en el mismo momento o no había sorprendido al adúltero en flagrante, tenía tres posibilidades legales:


1-presentar una
γραφή[1] μοιχείας(denuncia por adulterio) : en la que debía demostrar que el adúltero había actuado mediante la seducción, y si ganaba el pleito, el adúltero era condenado a muerte.

2-presentar una γραφή ὕβρεως (denuncia por ultraje) o una δίκη[2] βιαίων (denuncia por acto de violencia): acciones en las que debía probar que se había producido una violación, y para tal caso la pena establecida era una suma de dinero estipulada por la ley o determinada en función de la tasación de la fortuna del encausado; en todo caso una pena inferior a la muerte.

3-en último término, podía también el marido agraviado simplemente llegar a un acuerdo privado con el adúltero.


De lo anterior se deduce que la ley amparaba al marido que sorprendía en flagrante a su esposa con otro hombre, en el sentido que si mataba al amante en el mismo momento, no era requerido por la justicia, pero en ningún caso la ley conminaba a cometer tal venganza.

Por otra parte, a nuestros ojos sorprende que se estableciera una pena mayor por seducción que por violación, y ya se encarga Eufileto en su discurso de defensa de explicar los motivos de ello.

La ley prohibía al marido que había sorprendido a su mujer cometiendo adulterio seguir viviendo con ella bajo pena de ἀτιμία (pérdida del derecho de ciudadanía).

El marido, por tanto, se divorciaba de su mujer; simplemente la echaba de su casa, la repudiaba, ἀποπέμπειν, ἐκπέμπειν, ἐκβάλειν, y ella volvía a la casa de su tutor legal, padre o pariente próximo.

En cualquier circunstancia el marido podía repudiar a su mujer siempre que quisiera, sin ninguna necesidad de justificar la razón, o dicho de otra manera, bajo cualquier pretexto. La única condición existente era que tenía que restituir al padre de su mujer o tutor legal la dote. Pero en caso de infidelidad manifiesta de la mujer, no se trataba de que el marido tuviera derecho a repudiar a su mujer, sino que la ley le obligaba a hacerlo.

A la mujer se le prohibía participar en cualquier ceremonia religiosa pública, y si lo hacía podía ser castigada a pena capital.

Es significativo que, al menos por los testimonios conocidos, la ley no proveía ninguna acción legal contra una mujer que supuestamente cometiera adulterio, sólo actuaba contra el varón.

Si una mujer era ultrajada por ser llamada adúltera podía probar su inocencia ante un tribunal a través de su tutor legal, presentando éste unaγραφή ὕβρεως.

Además, parece ser que una mujer víctima de una violación recibía el mismo trato que otra que hubiera participado activamente en el adulterio.


Bibliografía:
-A.R.W.Harrison, The Law of
Athens. Oxford: Clarendon Press, 1968

Imagen:
Instrumentos de escritura de época romana. Museu d'Hostòria de la Ciutat. Barcelona.


[1] El término γραφή alude a demandas relacionadas con delitos que afectaban a la ciudad en su conjunto, y cualquier ciudadano (ὁ βουλόμενος ) podía incoarlas.

[2] El término δίκη se aplicaba a los casos que afectaban únicamente a un individuo en particular, y sólo la persona afectada, o tutor legal podía iniciar el proceso.

lunes, 22 de enero de 2007

ΑΠΟΛΟΓΙΑ ΣΩΚΡΑΤΟΥΣ 11. LOS ACUSADORES


“Pero ésto, jueces, es lo que en primer lugar me sorprende de Meleto…”

En La Apología de Platón el propio Sócrates al comienzo de su intervención explica a los jueces que va a defenderse frente a dos tipos de acusaciones y dos tipos de acusadores. El criterio es temporal.

Los primeros acusadores son un grupo indeterminado de atenienses, muchos por cierto, que caen en el anonimato a excepción de un comediógrafo (sabemos que se refiere a Aristófanes),que lo han estado criticando durante muchos años hablando mal de él a todo el mundo ( también a los propios jueces presentes cuando eran jóvenes), y son los que han creado y extendido con sus calumnias una falsa imagen de Sócrates diciendo que “Sócrates comete delito y se mete en lo que no debe al investigar las cosas subterráneas y celestes, al hacer más fuerte el argumento más débil y al enseñar estas mismas cosas a otros”, y que además cobra dinero por ello.
Éstos son los que más teme.

¿De dónde surgen estas calumnias?

Sócrates lo explica: posee cierta sabiduría, y no lo dice él, sino el dios de Delfos , a quien consultó su amigo Querefonte en cierta ocasión. El dios dijo que no había nadie más sabio y Sócrates, aún creyendo que no sabía nada, pero seguro de que el dios decía la verdad, se dirigió a la gente de la calle , a los que creen que saben mucho ( políticos, poetas, artesanos) , hablaba con ellos y les hacía preguntas descubriendo que realmente no sabían nada.
Y como los jóvenes que libremente le acompañaban y le escuchaban hacían lo mismo e interrogaban a los mayores, éstos se irritaban y decían que Sócrates corrompía a los jóvenes y hablaban mal de él como lo hacían de todos los que filosofan.


Dando crédito a todas estas calumnias que vienen de tiempo atrás, se presentaron como acusadores reales los llamados por él segundos acusadores: Meleto, Ánito y Licón declarando bajo juramento que “ Sócrates delinque corrompiendo a los jóvenes y no creyendo en los dioses en los que la ciudad cree, sino en otras divinidades nuevas”.

Meleto era un joven poco conocido y fue quien a todos los efectos presentó la acusación contra Sócrates. Ánito era un ateniense bien acomodado de cierta notoriedad política, y Licón era un orador de poco lustre.

Respeto a Meleto, en el diálogo Eutifrón, Sócrates haciendo uso de su conocida ironía nos lo caracteriza :

“No lo conozco bien yo mismo, Eutifrón, pues parece que es joven y poco conocido…….de pelos largos, poca barba y nariz aguileña…..¿qué acusación? Me parece que de altas aspiraciones . En efecto, no es poca cosa que un joven comprenda un asunto de tanta importancia. Según dice, él sabe de qué modo se corrompe a los jóvenes y quiénes lo corrompen. Es probable que sea algún sabio que, habiendo observado mi ignorancia, viene a acusarme ante la ciudad, como ante una madre, de corromper a los de su edad. Me parece que es el único de los políticos que empieza como es debido : pues es sensato preocuparse en primer lugar de que los jóvenes sean lo mejor posible………….Después de esto, es evidente que se ocupará de los de mi edad y será el causante de los mayores bienes para la ciudad……..”

Para las citas de la Apología y Eutifrón he utilizado la traducción de la Biblioteca Clásica Gredos

sábado, 20 de enero de 2007

ΑΠΟΛΟΓΙΑ ΣΩΚΡΑΤΟΥΣ 10

“…cuando sus adversarios en el juicio le acusaron de que no reconocía los dioses que reconoce la ciudad, sino que estaba introduciendo otras divinidades nuevas, y que corrompía a los jóvenes…”

Ante un tribunal de la Heliea se podían celebrar juicios privados ,cuando afectaban a un individuo en particular, o juicios públicos ,si afectaban a la ciudad en su conjunto. Los primeros solían llamarse díkai y sólo podía promoverlos la persona afectada; los segundos solían llamarse grafaí , y cualquier ciudadano tenía derecho a promoverlos en nombre del estado.

En una acción privada la indemnización era otorgada al denunciante, si ganaba el pleito pero, de perderlo, tenía que pagar una compensación económica a la parte contraria; en cambio, en una acción pública el demandante no percibía nada, pero si perdía el caso, no obteniendo el voto de una quinta parte del jurado, incurría en multa de 1000 dracmas.

Una vez hablaron ante los jueces los acusadores y el acusado, tuvo lugar una primera votación en la que Sócrates fue considerado culpable por 281 votos condenatorios y 220 de absolución. El propio Sócrates se sorprendió del resultado pensando que iba a ser condenado por una diferencia de votos mayor, tal como dice en La Apología escrita por Platón.

Por otra parte, con vistas al establecimiento de la pena, existían juicios timetoí en los que los jueces determinaban la pena, y juicios atímetoi, en los que la pena estaba determinada por la ley.

El caso de Sócrates fue un juicio timetós , y los jueces tenían que decidirse , bien por la tímesis (pena que proponía el acusador) o por la antitímesis (la que proponía el acusado).

Como los acusadores propusieron para Sócrates la pena de muerte, si él hubiera propuesto a su vez una multa importante o el destierro, muy probablemente se hubiera salvado. Pero a sus setenta años y siendo fiel a su manera de pensar , le parecía vergonzoso implorar con el llanto, como hacían otros, su salvación y, además, proponer para sí mismo una multa era reconocerse culpable y darles la razón.

Así que propuso lo que consideró que merecía: habiendo sido útil para la ciudad durante mucho tiempo y encontrándose en la miseria, lo justo era ,según él, que recibiese el honor de ser alimentado a expensas del estado, tal como establecía la ley para los benefactores de la ciudad. A continuación, también propuso pagar una mina de plata, y haciendo caso a los amigos que se encontraban allí con él, 30 .

El tribunal aceptó su propuesta y tuvo que decidir entre ella y la pena de muerte.

Obviamente, muchos del jurado consideraron de absoluta arrogancia, soberbia y desafío la propuesta de Sócrates, así que en la segunda votación, respecto a la primera, 80 jueces cambiaron de opinión y votaron a favor de su muerte.

(No ha llegado ninguna clepsidra antigua hasta nosotros. Sólo se conoce su funcionamiento por las descripciones de Vitrubio.)


miércoles, 20 de diciembre de 2006

ΑΠΟΛΟΓΙΑ ΣΩΚΡΑΤΟΥΣ 7

“ Es evidente que podré recurrir a la muerte que sea considerada más fácil por parte de los que se encargan de esto, y más llevadera para mis amigos, aún causando una enorme nostalgia del que se muere”.

El sistema judicial ateniense establecía diversas penas en función del delito cometido y de la condición del acusado (ciudadano, meteco, esclavo).
Así existían penas pecuniarias como las multas, daños y perjuicios, confiscación parcial o total de los bienes.
Penas aflictivas: destierro temporal o definitivo; privación de los derechos del ciudadano (atimía); prisión (casi exclusivamente para los no ciudadanos, salvo los condenados a muerte en espera de la aplicación de la sentencia); suplicios para los esclavos como flagelación en la rueda,( Aristófanes, la Paz,452 y ss: “si algún ambicioso quiere ser general, o si algún esclavo dispuesto a pasarse al enemigo se niega a ayudarnos, que sean atados a la rueda y azotados”), marca al rojo vivo, la picota ( columna de piedra donde se exponían públicamente las cabezas de los ajusticiados, o los reos); la muerte.
Penas infamantes, de carácter arcaico y religioso: prohibición a las mujeres adúlteras de llevar adornos y de entrar en los templos, imprecaciones contra los sacrílegos, inscripción ignominiosa en una estela, privación de sepultura (recordemos la tragedia Antígona).

Una vez concluido, el presidente del tribunal ordenaba levantar acta del juicio para ser enviada a los encargados de la ejecución de la sentencia: bien a los Once (jefes de los carceleros y los verdugos); a los Practores (que recibían las multas) o a los Poletas (encargados de vender en subasta pública los bienes confiscados, y de entregar al acusador la compensación correspondiente y al tesoro público el diezmo legal.

En casos en que no podían hacer frente a las penas pecuniarias, los condenados podían optar al exilio voluntario.(Por ejemplo, en el año 324 Demóstenes fue declarado culpable de aceptar un soborno del noble macedonio Harpalo, gobernador de Alejandro Magno, que se había refugiado en Atenas, y se marchó al exilio, volviendo nuevamente a Atenas un año después , tras la muerte de Alejandro).

Para los acusados a pena de muerte existían diversos procedimientos: la cicuta ( el procedimiento menos cruel; una especie de suicidio tolerado); un suplicio atroz consistente en atar al condenado desnudo, mediante cinco garfios, cuatro para las extremidades, y uno para el cuello, a un poste de madera levantado en el suelo, de manera que el reo queda suspendido sobre el garfio que rodea el cuello, provocando el peso del propio cuerpo un sufrimiento terrible. Estaba prohibido acercarse y procurar cualquier alivio al reo, de modo que en pocos días moría. (en 1915 fue descubierta en Falero una fosa común, anterior a la época clásica, con diecisiete cadáveres con un collar de hierro al cuello y garfios alrededor de las manos y de los pies); la exposición sobre un tablón vertical. (Aristófanes en Las Tesmoforias 930-1014, nos muestra a Mnesíloco que va a ser atado a un poste mediante argollas vestido con un traje de color azafrán, para mayor escarnio)

Se utilizaba el término apotimpanismós para designar la ejecución capital, pero no está claro si se refiere a la práctica antes descrita de atar al condenado con cinco garfios a un poste, o a una muerte a garrotazos o a la decapitación.

En todo caso los testimonios literarios y arqueológicos constatan la práctica de estas ejecuciones, que se realizaban fuera de la ciudad, cerca de las largas murallas del norte entre Atenas y el Pireo.

En los casos de sacrilegio y crímenes políticos, se arrojaba al condenado al Báratro, precipicio situado al oeste de la Acrópolis.
Igualmente se aplicó la lapidación a los impíos y traidores.(Heródoto cuenta en Historias ,IX,5 cómo en el año 479 el buleuta Lícidas fue lapidado por los propios miembros del consejo tras escucharle proponer aceptar la oferta del persa Mardonio).

(Sacado de La vida cotidiana en Grecia en el siglo de Pericles, Robert Flacelière)

Más sobre la pena de muerte en la antigüedad podéis leer aquí. (en italiano, pero muy interesante)

sábado, 25 de noviembre de 2006

ΑΠΟΛΟΓΙΑ ΣΩΚΡΑΤΟΥΣ 4 bis

“¿No ves cómo los tribunales atenienses muchas veces condenaron a personas que no habían cometido ningún delito, contrariados por su discurso, y en cambio otras veces absolvieron a culpables, bien porque se compadecieron de su arenga, o bien porque aquellos hablaron con agrado?”

En Atenas, el tribunal de la Heliea era la institución en la que la Asamblea del demos delegaba la aplicación de la justicia.
Aunque no era el único tribunal de justicia existente, pues estaban también el tribunal del Areópago, el tribunal de los 51 Efetas y el del Pritaneo, (especializados sobre todo en delitos de sangre), y además, la Bulé y la propia Asamblea también podían ejercer de tribunales en algunos asuntos de carácter público, La Heliea es el organismo con competencias judiciales por excelencia en la democracia ateniense.


La Heliea estaba formada por 6.000 miembros o heliastas , ciudadanos de más de treinta años designados por sorteo de entre una lista de candidatos procedente de cada una de las diez tribus en que se estructuraba la población (600 por tribu).
La distribución de los heliastas entre los distintos tribunales (normalmente constaban de 501 miembros) se llevaba a cabo con grandes precauciones, mediante un complejo sistema de sorteo que se realizaba al amanecer del día en que iban a producirse las audiencias, con la intención de evitar cualquier fraude o soborno.
Tenemos conocimiento de la escrupulosidad con que se realizaba el sorteo de los miembros de los tribunales gracias al texto conservado de La constitución de Atenas de Aristóteles, y al hallazgo en las excavaciones del Ágora de Atenas de cleroteria o máquinas de sortear.


Junto al presidente del tribunal, un secretario leía el acta de acusación y la respuesta escrita de la defensa. A continuación, el presidente concedía la palabra al demandante y al demandado. Todo ciudadano implicado en un juicio en cualquiera de las dos partes tenía que hablar personalmente o, de no ser capaz, encargaba a un profesional (logógrafo) el discurso que luego aprendía de memoria. Para limitar el tiempo de intervención de las partes se usaba la clepsidra o reloj de agua, puesto que las sesiones finalizaban en el mismo día.
Los miembros del tribunal (sin ninguna formación específica) se limitaban a escuchar, y cuando acababan las intervenciones se procedía inmediatamente a la votación sin previa deliberación.
Si el acusado era declarado culpable, o bien ya la ley proveía una pena estipulada, o se procedía a una votación para imponer una. En caso de ser absuelto, en función del resultado de la votación, el acusador tenía que pagar una multa.

En el año 423 fue representada la comedia de Aristófanes Las Avispas y en ella el poeta coloca en el centro de su crítica los defectos del sistema judicial ateniense : a su protagonista Filocleón “le domina la manía de los tribunales…su pasión es juzgar”; no duerme pensando obsesivamente en la clepsidra y las urnas; alardea de las ventajas sociales que le reporta participar en los tribunales; ensalza a los políticos que han establecido un salario por acudir a juzgar, y da muestras de la arbitrariedad con que juzga un caso (en su propia casa, dado que ha sido encerrado en ella por su hijo).

Probablemente se podía haber hecho justicia con tribunales que tuvieran un número de miembros más reducido, con lo que se hubiera simplificado todo el sistema; pero el propio espíritu democrático de la ciudad hacía que todas sus instituciones funcionaran con la máxima participación del pueblo ateniense, y así, en este caso, sentían que la justicia estaba en manos de todos.


(Sacado de FLACELIÈRE, Robert: La vida cotidiana en Grecia en el siglo de Pericles. Ediciones Temas de Hoy)